Revocan condena a Aída Ayala por falta de pruebas en causa por fraude

La Cámara Federal de Casación Penal revocó la condena contra la exintendenta de Resistencia Aída Ayala, dictaminando su absolución por considerar que no existían pruebas suficientes que la vincularan con los hechos investigados en la causa Lavado II o PIMP SA.
El tribunal de alzada, integrado por los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña, anuló el fallo condenatorio emitido en mayo de 2024 por el Tribunal Oral Federal de Resistencia. La decisión permite a Ayala volver a ocupar cargos públicos, eliminando la inhabilitación perpetua que se le había impuesto.
En los fundamentos de la resolución, los magistrados de la Sala IV señalaron que “la carga probatoria no fue satisfecha por la parte acusadora” y enfatizaron que “no se puede condenar sin pruebas concretas que vinculen a la imputada con el hecho”. El fallo se enmarca en el principio constitucional de presunción de inocencia, que establece que toda duda debe beneficiar al acusado.
La defensa de la exjefa comunal celebró la decisión, calificándola como “un acto de justicia que devuelve la tranquilidad a una persona injustamente señalada”.
En la misma resolución, el tribunal ratificó la inocencia de otros seis imputados en la causa: Daniel Fischer, Carlos Huidobro, Pedro Martínez, Eulalio Bouza, Rolando Acuña y Luis Escobar.
El caso había generado amplia atención pública debido a la condena original de tres años de prisión de ejecución condicional y prohibición perpetua para ejercer funciones públicas que pesaba sobre Ayala, quien también se desempeñó como diputada nacional.