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El Gobierno quitó la regulación que ponía tope a las servicios de Internet, celulares y cable

Este jueves, a través de la Resolución 13/2024 publicada en el Boletín oficial el Gobierno desreguló el mercado de Internet, celulares y cable. De esta manera, los interventores del Ente Nacional de Telecomunicaciones (Enacom), eliminaron todas las regulaciones que le ponían tope a las tarifas que fijaban un límite a las empresas para los aumentos del 5% y de hasta el 10% mensual.

Con la nueva disposición, las empresas de telecomunicaciones recuperan la capacidad de fijar libremente sus precios, algo que el organismo regulador justifica como necesario para “salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia”.

En el documento se detallan una serie de normativas del Gobierno anterior en el que fijaban tarifas y se le otorgaba a la autoridad de aplicación potestad de regular los precios de los servicios públicos esenciales y estratégicos de Tecnologías de la Información y la Comunicación (TIC) en competencia.

En este sentido, en los considerandos se expone: “Con posterioridad al dictado de las Resoluciones antes reseñadas, mediante el DNU N° 302 de fecha 9 de abril de 2024, se derogó el DNU N° 690/2020, al tiempo que se derogó también el Artículo 15 de la Ley N° 27.078 y modificatorias, junto con la modificación de sus Artículos 48 y 54 por los siguientes: “ARTÍCULO 48.- Regla. Los licenciatarios de Servicios de TIC fijarán sus precios, los que deberán ser justos y razonables, cubrir los costos de la explotación y tender a la prestación eficiente y a un margen razonable de operación”. “ARTÍCULO 54.- Servicio Público Telefónico. El Servicio Básico Telefónico mantiene su condición de servicio público”.

Y se agrega: “surge de los propios considerandos del DNU N° 302/2024 que “…los servicios de TIC han sido creados en competencia, así como la prestación de los servicios de comunicaciones móviles, siendo una facultad esencial para su desarrollo y crecimiento la posibilidad de que los licenciatarios puedan fijar sus tarifas libremente” y que “… el DNU N° 690/2020 establece una modificación esencial sobre el marco jurídico del sector, que debe ser corregida con el fin de salvaguardar las reglas que permitan el desarrollo de un mercado en competencia y la libre fijación de los precios de los servicios prestados”.

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