La causa de violencia de género contra Alberto Fernández se queda en Comodoro Py
La resolución fue firmada por el camarista Eduardo Farah, que le dio la razón al juez Julián Ercolini.
Finalmente, la Cámara Federal porteña confirmó este lunes que la causa por violencia de género contra el expresidente Alberto Fernández, iniciada por la ex primera dama Fabiola Yañez, deberá seguir radicada en los tribunales federales de Retiro. La resolución fue firmada por el camarista Eduardo Farah de la sala II de ese Tribunal de Apelaciones.
Con esta decisión la investigación seguirá a cargo del juez federal Julián Ercolini y del fiscal Ramiro González y no pasará a los tribunales de San Isidro, como pretendía la defensa del expresidente.
El camarista le dio la razón a Ercolini y consideró “prematuro” el cambio de jurisdicción, al menos hasta que concluyan medidas de prueba en curso que permitan determinar además si el caso es jurisdicción del fuero federal o del ordinario.
“El juez de primera instancia decidió bien al rechazar por prematura esa definición, difiriendo el análisis al resultado de las medidas investigativas en curso”, argumentó Farah al ratificar lo decidido por Ercolini. Además, el camarista sostuvo que una vez concluidas las medidas de prueba, el juez de primera instancia tendrá que decidir si la denuncia de Yañez tiene que investigarse en el fuero federal o derivarse al penal ordinario.
Farah sostuvo que antes de resolver dónde y en qué fuero seguirá el trámite judicial deben determinarse “precisiones sobre las circunstancias de modo, tiempo y lugar de cada uno de los hechos (instigación a un aborto, lesiones reiteradas y amenazas coactivas en perjuicio de Fabiola Yañez y alguna acción u omisión de funcionarios públicos) que es necesario averiguar”.
“Ellas permitirán establecer la dependencia o independencia (tanto fáctica como jurídica) de unos hechos con otros y, a partir de allí, si corresponde proseguir con una investigación unificada o no, y según el caso, en qué jurisdicción territorial”, agregó.
En ese aspecto, aludió a “una cuestión sobre la cual las partes hasta ahora nada han dicho, pero cuyo tratamiento no puede ser omitido por el Juez una vez que se completen esas medidas”.